Artículo 182º )

El Municipio podrá disponer con acuerdo del Concejo Deliberante, la concesión de los servicios que preste, por los procedimientos de selección que correspondan, a empresas particulares. Para ello se requerirá la mayoría especial que constituyen los dos tercios de la totalidad de los miembros del Concejo Deliberante.-

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Villa Elisa, Entre Ríos, Argentina