Ley 10.027 Régimen Municipal,con la modificación introducida por la Ley 10.082
Artículo 151º )
Se considera gastado un crédito y ejecutado el presupuesto por dicho concepto, al devengarse y liquidarse el mismo. Producido el pago, corresponde el registro de éste con el fin de reflejar la cancelación de las obligaciones asumidas.-