Para toda licitación se formulará el pliego de condiciones, en el cual se deberá determinar, además del objeto y pormenores de la licitación, la clase y el monto de las garantías que se exijan.-
Las propuestas que no se ajusten al pliego de condiciones o que modifiquen las bases establecidas, no serán tomadas en cuenta.-
Las adjudicaciones en toda licitación o venta, serán resueltas por el Departamento Ejecutivo, pudiendo aceptarse las propuestas que se creyeran más convenientes o rechazarlas a todas.-
En caso de empate de ofertas por igualdad de precios y condiciones de calidad y entrega, en la que se aplique como modalidad de contratación algunos de los procesos de selección contemplados en esta ley, se invitará a los oferentes entre los que se haya producido el empate a mejorar las ofertas propuestas.-