El Presupuesto General de la Administración municipal deberá ser aprobado por ordenanza especial y requerirá de su aprobación por la simple mayoría de votos de los integrantes del Cuerpo. Deberá mostrar el resultado económico y financiero previsto de las transacciones programadas en sus cuentas corrientes y de capital, así como la producción de bienes y servicios que generen las acciones proyectadas. Constará de dos partes: el presupuesto de gastos y el cálculo de recurso, los cuales deben figurar por separado y por sus montos íntegros, sin compensaciones entre sí. Cada uno de éstos se dividirá en capítulos, incisos e ítems.-