Artículo 115º )

El Presidente Municipal y el Vicepresidente Municipal, los miembros del Concejo Deliberante y demás funcionarios y empleados municipales, responden individualmente ante los tribunales competentes, por los actos que importen una trasgresión o una omisión de sus deberes, así como por los daños y perjuicios que hubieran ocasionado al Municipio y a los particulares.-

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Villa Elisa, Entre Ríos, Argentina