Ley 10.027 Régimen Municipal,con la modificación introducida por la Ley 10.082
Artículo 52º )
Las elecciones ordinarias tendrán lugar cada cuatrienio, el día y durante las horas señaladas por la ley para los comicios generales de la provincia, y en las mismas mesas y bajo las mismas autoridades, con excepción de las mesas de extranjeros.-